Según las normas dictadas por el Ministerio de Sanidad el trabajo presencial tiene carácter de voluntario y no se puede obligar al mismo en los servicios no esenciales, debe de informarse por las Jefaturas de Servicio, motivando la necesidad y comunicarse al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales para que establezca las pautas preventivas oportunas, así como a los representantes de los trabajadores.
Se adjunta solicitud cursada el dia 25 de marzo solicitando la aclaración de los empleados públicos declarados no esenciales que estan actualmente realizando trabajo presencial, asi como el responsable de la impartición de dichas órdenes y procedimiento seguido en cada caso.
.