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UGT Servicios Publicos informa de la interpretación de la Cláusla 37 del Acuerdo de condiciones de trabajo (jubilación anticipada).

11 marzo, 2022

El dia 4 de marzo de 2022, se ha aprobado la actualización de la interpretación de la Cláusula 37ª del Acuerdo de condiciones de trabajo del personal funcionario, que regula los Incentivos de jubilación anticipada,
Los tres sindicatos con representatividad en la Mesa de Negociación de asuntos comunes al personal funcionario y laboral habíamos registrado el pasado 9 de diciembre la propuesta que se resume a continuacion:
El objetivo era adecuar la interpretación de la Cláusula a la normativa sobre pensiones que ha entrado en vigor en enero de 2022. Lo que supone una adecuación a meses de lo que antes se calculaba en años, para evitar el perjuicio a los/as trabajadores/as con los salarios más bajos.
Se ha aprobado la Alternativa 2 por ser de más fácil aplicación, con el voto a favor de UGT, CSIF, CCOO y los representantes del Ayuntamiento.
El sindicato USO se ha abstenido, después de aburrirnos con su habitual discurso demagócico. A pesar de ser una propuesta sindical, nos exigía informe jurídico para votar a favor, además de enroscarse en que no estabamos actualizando la interpretación, sino modificando la Cláusula y que eso era ilegal.
SIEP, que ha asistido como invitado porque no existía cuando se firmó el Acuerdo, ha manifestado que le parece un buen Acuerdo.
En los próximos días los tres sindicatos que hemos votado a favor firmaremos el Acuerdo, que será informado favorablemente por el Jefe de Servicio de Inspección, Evaluación y Calidad y sometido a fiscalización.

Publicado en: Acuerdos y Convenios, Noticias Etiquetado como: jubilacion anticipada

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